martes, 21 de diciembre de 2021

LA POLÉMICA DEL INDULTO

El pasado mes de mayo, presenté este trabajo que tienes a continuación al XXIX Concurso Literario Internacional “Tierra de Toros” organizado por la Asociación Taurina Cultural “Tierra de Toros” de Colmenar Viejo (Madrid). El trabajo no resultó ganador, pero la citada asociación tuvo a bien escogerlo, entre otros, para publicarlo en el libro que, anualmente, editan con motivo de la Feria Taurina de la Virgen de los Remedios de la mentada localidad madrileña. Hoy, con su autorización, lo publico en el blog para todos aquellos que no hayáis tenido acceso a la citada publicación podáis leerlo y, llegado el caso, incluso disfrutarlo.

(Nota: en el momento en el que envié el trabajo al certamen, allá por el pasado mes de mayo, únicamente, se había indultado  un astado, como queda reflejado en el texto. Tras la finalización de la temporada, en total, fueron veintinueve (veinte toros; cinco utreros; un toro en corrida de rejones; dos erales; y un astado en un festival) las reses a las que se les perdonó la vida en los ruedos españoles y franceses)

LA POLÉMICA DEL INDULTO

La temporada taurina 2021 echaba a andar marcada por la incertidumbre que genera la pandemia del Covid-19 que nos acecha desde el pasado año. Y cuando esta se encontraba todavía en sus inicios y solo con un escaso número de festejos celebrados, saltó a la palestra una de las mayores polémicas que rodea al mundo del toro: el indulto de los astados en los cosos taurinos. El hecho ocurrió en la novillada picada celebrada el primer día de mayo en Almendralejo (Badajoz). Margarino, novillo de la ganadería de El Torreón, propiedad del maestro César Rincón, era indultado tras ser lidiado por el novillero José Rojo. Un acontecimiento, cierto es, que pasó un tanto desapercibido lo que no es óbice para que esta incipiente temporada taurina ya no se vea exenta de esta polémica. 

Como tampoco se vio exenta la temporada de 2020, aquella atípica y exigua campaña que se vio afectada de lleno por la mencionada pandemia del Covid-19. Una campaña en la que únicamente se pudieron celebrar con normalidad los festejos programados en sus albores. El ciclo de Valdemorillo en la provincia de Madrid; el del Milagro de la toledana Illescas; el de la pacense localidad de Olivenza; y el Carnaval del Toro de la salmantina Ciudad Rodrigo, además de un puñado de espectáculos puntuales, fueron los únicos acontecimientos que se pudieron celebrar con total normalidad. Después llegaría el estado de alarma, el confinamiento y la paralización, prácticamente, total de todos los sectores culturales, económicos y sociales. No sería hasta, prácticamente, el mes de julio cuando alcanzaríamos la llamada “nueva normalidad” con la que se reiniciase la temporada taurina que, sin embargo, y con las circunstancias que todavía nos rodean no pasó de ser testimonial. Varios certámenes para novilleros sin picadores auspiciados por distintas comunidades autónomas y sus respectivas televisiones; algunos festejos organizados por valientes empresarios que echaron la pata palante y la llamada “Gira de la Reconstrucción” promovida por la Fundación Toro de Lidia y el canal televisivo Movistar Toros fueron los únicos que se llevaron a cabo, aunque con fuertes medidas sanitarias y exigentes restricciones de aforo. Una campaña en la que, a pesar de ese exiguo número de festejos, como decimos, también contó con la polémica del indulto pues se perdonó la vida a ocho ejemplares: siete en España y uno en Francia. Entre ellos, destaca el indulto de Atajante, toro de Garcigrande lidiado por Antonio Ferrera en la corrida de toros celebrada en 7 de marzo en Olivenza. El de Muralista, toro de Victorino Martín al que se le concedió tal gracia tras ser lidiado por Rubén Pinar en la corrida de toros celebrada en la localidad jiennense de Villanueva del Arzobispo el 8 de septiembre. O el de Doctor, de Zalduendo, al que se le perdonaría la vida en la corrida de toros verificada en Antequera (Málaga) el 9 de octubre tras ser lidiado por “Finito de Córdoba”. La polémica, una vez más, estaba servida. Sobre todo, con los indultos de Muralista y Doctor que suscitaron numerosas discusiones entre defensores y detractores de esta medida. Una vez más, volvían a correr por los mentideros taurinos los argumentos a favor y en contra de esta medida. Quienes se postulan en contra de la misma arguyen que se indultan toros sin ver su juego en la suerte de varas y que esta se ha convertido en un mero trámite, prácticamente, inexistente. Por su parte, quienes se muestran favorables aducen que ya no importa tanto el juego de los astados en el primer tercio y que lo importante es que los animales humillen, tengan recorrido y “durabilidad” en la faena de muleta y, sobre todo, que esta provoque en el público una emoción tal que le lleve a solicitar el perdón de la vida del toro. Por su parte, los contrarios a esta gracia alegan que esta se ha desvirtuado y que ha perdido su finalidad principal que es la de escoger reproductores para preservar la cabaña brava y que, en la actualidad, se ha convertido en un premio más para la faena del torero superior al corte de los máximos trofeos. Además, los contrarios al indulto indican que es un argumento a favor de los antitaurinos pues abriría el camino a las corridas sin muerte. Cuestión que es rebatida por los favorables al indulto quienes dicen que es una medida para luchar contra el discurso animalista pues es una prueba de que el toro puede salvar la vida gracias a su bravura… Como apuntábamos, una vez más, la polémica estaba servida.

Sin embargo, esta polémica sobre el indulto no es nueva. Ya en el siglo XIX, nos encontramos con distintos indultos. Córdoba, El Puerto de Santa María, Granada, Madrid, Pamplona o Sevilla son algunas de las plazas en las que se vivieron algunos de estos acontecimientos. Entre ellos, podemos destacar el de Azulejo, toro de Romero Balmaseda indultado el 24 de junio de 1857 en la plaza de toros de El Puerto de Santa María tras tomar veintitrés varas y matar nueve caballos. O el de Chocolatero, de la ganadería de Zalduendo, al que se le perdonó la vida el 7 de julio de 1858 en la plaza de toros de Pamplona después de recibir veintidós puyazos, matar diez caballos y dejar herido otro más. Al día siguiente, también en Pamplona, se perdonaría la vida a Ligero, también de Zalduendo, tras matar ocho caballos. Caso curioso este de Ligero ya que padrearía en su ganadería de origen hasta cumplir los siete años. Entonces volvería a ser lidiado en Barcelona donde sería muerto a estoque.

Más curioso y, sin duda, chocante sería el caso ocurrido el 11 de mayo de 1862 en Granada. Según relata el diario La Esperanza. Periódico monárquico del siguiente día 16, en la antedicha fecha, se corrió en último lugar un toro que, en una función anterior, no se había matado a petición del público quien lo consideró inofensivo. En esta nueva ocasión, se volvió a solicitar que se le perdonase la vida y, ante la negativa de la presidencia y los preparativos del espada de turno para darle muerte, el público preparó un gran alboroto: se hicieron fogatas en los tendidos; se arrojaron tablones a la arena; e incluso hubo aficionados que se echaron al ruedo. Con tal panorama, el espada de turno salió huyendo y así se evitó la muerte del toro que “a palos metieron dentro del chiquero”.

Y no menos curioso sería el caso del toro Playero, de Joaquín Murube, indultado en Sevilla el 18 de abril de 1897. Tal gracia no fue concedida por su bravura, sino que la recibió por la fama de bondadoso que precedía al animal y que era conocida por el público a través de unas fotografías realizadas en la finca ganadera en las que aparecía el burel junto al espada Antonio Reverte Jiménez. Al parecer, Playero volvería a ser lidiado posteriormente en Lisboa donde se le volvería a perdonar la vida. Regresó el astado a su finca de procedencia donde moriría tiempo después, arando.

Foto de Playero aparecida en el número 603 de la revista "El Ruedo" de fecha 12 de enero de 1956

No podemos dejar de señalar el caso de Caramelo de la ganadería de Manuel Suárez Jiménez, astado al que se le perdonaría la vida en la plaza de toros de Madrid el 15 de agosto de 1849 tras resultar vencedor de su enfrentamiento con un león y un tigre. Caramelo volvería a saltar al ruedo madrileño el siguiente día 9 de septiembre, fecha en la que tras tomar doce varas y matar tres caballos sería nuevamente indultado por aclamación popular. El siguiente 4 de noviembre, saltaría otra vez al ruedo madrileño para ser capeado en una exhibición por Julián Casas “El Salmanquino” y Cayetano Sanz. Finalmente, el 26 de agosto del año siguiente, Caramelo sería lidiado y muerto en Bilbao. Unos dicen que estoqueado por Ángel López “Regatero”, mientras que otros apuntan que fue muerto a rejonazos por Francisco Oliver.

Estos acontecimientos referidos, sobre todo los acaecidos en el ruedo madrileño, chocan con lo dispuesto en el reglamento dictado el 30 de junio de 1852 por el Gobernador de Madrid, Melchor Ordóñez, para los festejos que se celebrasen en la plaza de esta ciudad en el que, entre otras disposiciones generales, se decía que “el público no tendrá derecho a exigir más toros que los ofrecidos en el cartel, ni a que salga vivo del redondel toro que en él entre”. Sin duda, eran otros tiempos… En esta época, no había un reglamento uniforme y cada plaza se regía por el suyo propio, pero no deja de ser chocante la contradicción de esta norma y lo sucedido en algunos ruedos, entre ellos el de Madrid, lo que deja entrever que esta polémica ya existía.

En el siglo XX ya empezaron a surgir las reglamentaciones que regularían el espectáculo en todo el país, sin embargo, ninguna recogía esta cuestión, lo que no quiere decir que no se indultasen astados. Durante la primera mitad del siglo, podemos citar, por ejemplo, a Aldeano, de Mariano Presencio indultado en una novillada en Valladolid el 7 de octubre de 1906; o a Gitanito, toro de Antonio Sánchez Tardío que recibió tal gracia el 25 de julio de 1912 en Carabanchel; o a Melonero, astado de Francisco Páez al que se le perdonó la vida en una novillada que tuvo lugar en Córdoba el 26 de septiembre de 1915. Y no hay que dejar pasar por alto dos casos que son muy similares al del ya mentado Playero de Murube. El primero sería el caso de Matador, de la ganadería de Mora Figueroa, al que se le perdonó la vida el 21 de julio de 1935 en La Línea de la Concepción. Matador fue criado a biberón por la hija del ganadero surgiendo entre ellos una relación de extrema confianza dada la extraordinaria docilidad que el burel mostraba con su cuidadora. Esta extraña y entrañable relación trascendió al gran público a través de fotografías lo que hizo que se crease una corriente de simpatía hacia el cornúpeta. El referido 21 de julio de 1935, Matador salió al ruedo en quinto lugar. Correspondió su lidia a Domingo Ortega quien, conocedor de la docilidad del burel y ante lo realizado en la lidia, que no fue especialmente relevante, solicitó a la presidencia, secundado por el público, la gracia para el astado. Gracia que, por supuesto, fue concedida.

Foto del toro Matador aparecida en el número 603 de la revista "El Ruedo" de fecha 12 de enero de 1956

Y el otro caso es el del toro Civilón de Juan Cobaleda. El astado tenía que haberse lidiado como utrero, sin embargo, una lesión producida en la finca ganadera impidió su lidia como tal. Fue curado de las heridas. Y, como en el caso anterior, surgió una extraña y entrañable relación entre el astado y sus cuidadores. Recuperado de las heridas, Civilón fue reseñado para lidiarse, ya como cuatreño, en Barcelona el 28 de junio de 1936. A este festejo, le rodeó una importante campaña publicitaria, ideada por la empresa, en la que se solicitaba el indulto para el toro. En el desencajonamiento de la corrida realizado en público en el ruedo barcelonés, se identificó su cajón con letreros que rezaban, por ejemplo, “Las mujeres de Salamanca piden a los aficionados de Barcelona el indulto del toro Civilón”. El día del festejo, Civilón saltó al ruedo en quinto lugar y cupo en suerte al “Estudiante”. Antes de salir al ruedo, aparecieron carteles en los tendidos que decían “Estudiante tú eres bueno; no mates a Civilón”. El cornúpeta fue recibido con una fortísima ovación. Y toda la lidia estuvo rodeada de fuertes protestas por lo que Civilón volvió a los corrales tras su insulso juego en el primer tercio. Pero Civilón no volvería a su finca de procedencia. Parece ser que cuando estalló la Guerra Civil, el toro todavía se encontraba en los corrales del coso barcelonés de donde saldría despiezado para dar de comer a las tropas.

Foto del toro Civilón aparecida en el número 603 de la revista "El Ruedo" de fecha 12 de enero de 1956

Más allá de estas gracias, la polémica del indulto se agudizaría en la segunda mitad del siglo. Sin embargo, no sería hasta 1969 cuando el indulto se recoja en el Reglamento de Espectáculos Taurinos y lo hizo a través de una Orden Ministerial promulgada el 23 de junio de 1969 (BOE del 1 de julio de 1969). Esta orden modificaba el artículo 49 del entonces reglamento vigente que fue dictado por Orden Ministerial de 15 de marzo de 1962 (BOE número 68). Esta modificación permitía el indulto única y exclusivamente en las corridas concurso de ganaderías para “aquellas reses que por su juego y bravura se estimen dignas de este premio”. Esta gracia, sería concedida por la presidencia a petición del público y nunca antes de haber concluido el segundo tercio. Hay que señalar que esta modificación del reglamento no hace alusión al juego de los astados en la suerte de varas, pero el propio reglamento marcaba en su artículo 67 que las reses debían recibir “en toda regla, tres puyas”, salvo casos excepcionales ocurridos por accidentes o porque el castigo recibido hubiese sido excesivo. Todo esto teniendo en cuenta que, cada corrida concurso tenía sus propias directrices y en ellas se marcaban las pautas para que una res optase a este premio.

Orden Ministerial del 23 de junio de 1969 y comentario de la misma aparecida
en el número 1307 de la revista "El Ruedo" de fecha 8 de julio de 1969

Reglamento de 1962. Edición de 1986.

Esta reglamentación del indulto venía a regularizar una situación que se venía produciendo en los cosos taurinos en las corridas concurso de ganaderías desde 1955 gracias a un permiso especial concedido por Gobernación a petición de don Álvaro Domecq y Díez, entonces Alcalde de Jerez de la Frontera, con motivo de la celebración de la primera edición de la tradicional corrida concurso de ganaderías de la citada ciudad gaditana.

Según don Álvaro, con esta medida se pretendía hacer participar al público en la búsqueda de un ejemplar excepcional en todos los tercios para su posterior utilización como semental. Para ello, el toro debía mostrar su bravura durante toda la lidia, haciendo hincapié en su juego en el tercio de varas donde tendría que tomar tres puyazos. A pesar de ello, don Álvaro era consciente de que esta medida tenía inconvenientes. Primero, porque consideraba que, en la plaza, se le exigía a un toro menos que en una retienta de sementales. Y segundo, porque pensaba que el público podía dejarse llevar por el entusiasmo a la hora de solicitar el indulto de un toro, aunque restaba importancia a esta última cuestión porque si un toro indultado no le gustaba al ganadero, este lo podía vender o matar. Así, con estas premisas, el 11 de septiembre de 1955 nacía la corrida concurso de ganaderías de Jerez de la Frontera. Desde su primera edición, hasta la promulgación de la Orden Ministerial de 23 de junio de 1969, en la plaza de toros de Jerez de la Frontera, se perdonó la vida a cinco astados. El primero, Desteñido, de Juan Pedro Domecq, al que se le concedió esta gracia en la primera edición del festejo tras ser lidiado por César Girón. Mención especial merece Compuesto, de Benítez Cubero, al que se le perdonó la vida el 14 de septiembre de 1958 tras ser lidiado por Antonio Ordóñez, sin embargo, el de Benítez Cubero no se hizo merecedor del “Catavino de Oro”, trofeo que premiaba al toro más bravo, sino que este recayó en Corcito, de Juan Guardiola, lidiado y estoqueado por Juan Antonio Romero.

Foto del toro Desteñido, toro indultado en la primera edición de la Corrida Concurso de Ganaderías de Jerez de la Frontera. Aparecida en el número 603 de la revista "El Ruedo" de fecha 12 de enero de 1956

Esta corrida concurso de Jerez sirvió como modelo para otras que se organizarían con posterioridad y en las que también cupo la posibilidad del indulto. Como ejemplo citar, el salmantino coso de “La Glorieta” donde, en la corrida concurso celebrada el 8 de octubre de 1967, se perdonó la vida a Clavelero, toro de Atanasio Fernández, aunque luciese el hierro de su hija, lidiado por Palomo Linares en quinto lugar. Caso curioso este, pues el citado ganadero salmantino no era partidario de los indultos, incluso llegó a decir que en su casa los sementales los escogía él y no el público. Así, Clavelero nunca llegó a padrear en su ganadería de origen. Hay quien apunta que fue sacrificado, mientras que otros dicen que es el toro que hizo la ganadería portuguesa de Ernesto Louro Fernández de Castro. Como curiosidad, apunar que el de Clavelero es el primer indulto concedido en el mentado coso salmantino.

Pero no solo se perdonó la vida a toros en este tipo de festejos. También se indultaron ejemplares fuera de esta modalidad de corridas. Como ejemplo, citaremos a Costurero, de Martínez Elizondo, indultado en Marbella el 4 de julio de 1965 a petición de su lidiador, Manuel Benítez “El Cordobés”, que incluso llegó a postrarse de rodillas en el centro del ruedo solicitando esta gracia para el burel; Laborioso, novillo del Marqués de Albaserrada, que recibió tal gracia el 12 de octubre de 1965 en la Real Maestranza de Caballería de Sevilla y que fue lidiado por el novillero Rafael Astola; o Leve, toro del Conde de la Corte al que se le perdonó la vida el 11 de septiembre de 1968 en Albacete tras ser lidiado por Miguel Mateo “Miguelín”. Aunque, quizá, el más famoso sea el de Potrico, astado perteneciente a la ganadería de Pablo Romero al que se le perdonó la vida en la plaza de toros de Barcelona el 23 de mayo de 1968. Potrico cerró el festejo y fue sorteado por Andrés Hernando. Según un artículo de Antonio Santainés publicado en ABC el 16 de abril de 2007, titulado “Recordando a Potrico de Pablo Romero”, el presidente del festejo, Félix Rodríguez Gil, accedió al indulto “para evitar un posible conflicto de orden público”.

Como es de suponer, esta medida del indulto suscitó polémicas y tuvo tantos valedores, como detractores. Entre los valedores, según recuerda el citado Santainés en el mentado artículo, se encontraba Domingo Ortega. Así lo atestigua al recordar una conferencia impartida por el diestro de Borox en el Círculo de Bellas Artes de Madrid el 22 de febrero de 1960 en la que Ortega daba gran importancia al juego del toro en la suerte de varas donde el animal debía acudir “tres o cuatro veces, a una distancia por lo menos de cuatro metros, con alegría”. Por supuesto, el burel tendría que conservar esta condición en la faena de muleta y aguantar “diez o doce pases por cada lado, si se los dan bien, en esta forma de cogerle y llevarle por donde no quiere ir, ¡ah!, no hay toro que aguante más si tiene bravura. Porque se ha hecho polvo el toro ahí también”.

Mientras, entre los detractores, encontramos a ganaderos como el ya citado Atanasio Fernández o Carlos Urquijo quien, en un reportaje firmado por Alfonso Navalón aparecido en el número 1082 de la revista El Ruedo, de fecha 16 de febrero de 1965, exponía que “la mayor vergüenza de un ganadero es que le perdonen la vida de un toro en la plaza”, porque si no era capaz de ver los toros en el campo, cómo los iba a ver en la plaza bajo la influencia del público. Aparte, también dejaba entrever, como ya apuntaba don Álvaro, que la prueba de la corrida, en la que solo tomaría tres puyazos, era menor que la que se realizaba en las tientas pues, según Urquijo “el toro empieza a cantar la gallina a partir del quinto puyazo”. Además, consideraba por su experiencia que el toro indultado en la plaza, por lo general, no era buen semental. Y afirmaba que si le llegaban a indultar un toro a él, antes de echarle a las vacas, le cortaría la cabeza. Otro detractor fue don Eduardo Miura quien, según recoge Francisco Cuadrado Ruiz en un artículo titulado “Región de Murcia: paraíso del toro indultado”, publicado en los Especiales 2002 de La verdad digital, decía que “¡Ay! De aquel ganadero que deje que se le vaya un toro susceptible de ser semental, pues en dicho caso no sabe los productos que tiene en su ganadería”.

Primera página de la entrevista al ganadero Carlos Urquijo que, firmada por Alfonso Navalón, apareció en el número 1082 de la revista "El Ruedo" de fecha 16 de marzo de 1965.

Polémicas aparte, esta gracia del indulto salió adelante y, tras su inclusión en el reglamento, en Jerez de la Frontera, se perdonó la vida a dos astados más. El primero sería Aldeanero, de Guardiola Domínguez, al que se le perdonó la vida el 9 de septiembre de 1972 tras ser lidiado por Rafael de Paula. Y el segundo fue Pregonero, de Cebada Gago, lidiado por “Espartaco” en el festejo que tuvo lugar el 9 de mayo de 1986. Fue este un indulto polémico ya que al de Cebada se le perdonó la vida a petición del público, pero con la oposición de los miembros del jurado.

También se vivieron indultos en corridas concurso celebradas en otras plazas como Segovia donde, el 29 de junio de 1983, se perdonó la vida a Saltador (también documentado como Bananero), de la ganadería de El Campillo, que fue lidiado por el “Niño de la Capea”. O El Puerto de Santa María, donde el 28 agosto también de 1983 se indultó a Baleador, de la ganadería de Sayalero y Bandrés, tras ser lidiado por José Luis Galloso. Y también Cáceres, plaza en la que el 31 de mayo de 1985, se perdonó la vida a Ruidón, de Moreno Silva, tras ser lidiado por Ruiz Miguel. Ruidón tomó cinco varas: las tres reglamentarias del primer tercio y dos más tras la faena de muleta en la que, al parecer, acometió con bravura y codicia.

Ronda fue otro de los ruedos en los que se perdonó la vida a toros en corridas concurso. El 16 de julio de 1988, fue indultado Peleón, de Guardiola Domínguez, que fue lidiado en cuarto lugar por José María Manzanares quien actuó como único espada. Y un año después, concretamente, el 29 de julio, se perdonó la vida a Piano, de María Luisa Domínguez y Pérez de Vargas, toro que fue corrido en cuarto lugar y que, casualidad, también fue lidiado por el citado diestro alicantino.

Aunque, quizá, el indulto de más repercusión sea el de Velador (o Belador), toro de Victorino Martín al que se perdonaría la vida en la corrida concurso organizada por la Asociación de la Prensa de Madrid el 19 de julio de 1982 en la madrileña plaza de toros de “Las Ventas”. Velador saltó al ruedo en tercer lugar y correspondió su lidia a José Ortega Cano. Fue este un acontecimiento histórico pues Velador es el primer y, hasta el momento, único toro indultado en “Las Ventas”. Pero ¿estuvo este indulto exento de polémica? Parece ser que no pues hay quien apunta que el de Victorino no fue merecedor de esta gracia y que tampoco fue el mejor de esa corrida, pero que se benefició del favor que la parroquia madrileña dispensó al ganadero de Galapagar desde su presentación en el ruedo capitalino. Una corriente favorable que se acrecentaría tras la denominada “Corrida del Siglo” que tuvo lugar en ese mismo ruedo el anterior día 1 de junio.


Hay que apuntar que, a pesar de la reglamentación del indulto, también se produjeron indultos antirreglamentarios. Como ejemplo, podemos citar al toro Recova, de Samuel Flores, al que se le perdonó la vida en la murciana localidad de Cieza el 24 de agosto de 1983 tras ser lidiado por Dámaso González. Pero es que se indultaron novillos hasta en festivales. Es el caso de Pesetero y de Espiguito, ambos de la ganadería de Carmen Lorenzo, a los que se les perdonó la vida en la plaza de toros de “La Glorieta” de Salamanca el 13 de junio de 1987 y el 10 de junio de 1989, respectivamente, en las correspondientes ediciones del festival a beneficio de las Hermanas de los Pobres. Como anécdota, cabe señalar que ambos novillos fueron lidiados por José Ortega Cano. Pero, quizá, el indulto más recordado sea el de Comedia, toro de la ganadería de Cebada Gago al que se le perdonó la vida en la plaza de toros de “Las Palomas” de Algeciras el 30 de junio de 1990 tras la faena firmada por Emilio Muñoz. Este toro es el primer astado indultado en el coso algecireño y pasará a la historia porque su indulto fue el detonante para la inclusión de esta gracia más allá de las corridas concurso en el nuevo reglamento que estaba por venir.

Y este nuevo Reglamento Taurino se aprobó el 28 de febrero de 1992 en el Real Decreto 176/1992 (BOE del 5 de marzo de 1992). Un reglamento que nacía para desarrollar los principios legales de la Ley Taurina 10/1991 aprobada el 4 de abril de 1991 (BOE del 5 de abril de 1991; corrección de errores, BOE del 24 de abril de 1991), por la que se adecuaba la Tauromaquia al régimen constitucional existente.

Esta nueva norma legal aprobada en 1992 regulaba el indulto más allá de las corridas concurso en su artículo 85. En este artículo, se establece esta gracia con el fin de conseguir sementales para mantener la cabaña brava. Para conceder el indulto, se estipula que habrá que tener en cuenta, primero, el trapío de las reses, y, segundo, su excepcional juego “en todas las fases de la lidia”. Además, lo tendrá que solicitar el público, en primera instancia, y en segunda, que estén de acuerdo, por este orden, el espada de turno y el representante de la ganadería, es decir, el ganadero o el mayoral. Y se limita esta gracia a las plazas de primera y segunda categoría. Además, también apunta que, una vez concedido el indulto, el ganadero reintegrará al empresario el importe de la res.

La redacción de este artículo, es laxa y ambigua. Pues lo único que deja claro es que esta gracia solo se puede conceder en plazas de primera y segunda categoría. A partir de ahí, si se atiende, únicamente, a la letra, se podrían indultar reses en cualquier tipo de festejo (corrida de toros, novilladas con y sin picadores, festejos de rejones, festivales…), pues todos tienen “fases de la lidia”. Aunque, si se analiza el reglamento con detenimiento, se aprecia que este se limita a regular las corridas de toros. Así, se entendería que el indulto de las reses solo podría llevarse a cabo en corridas de toros siempre que se celebrasen en plazas de las citadas categorías. Otro aspecto que también resulta ambiguo, en cuanto a su interpretación, es que deja el indulto en manos del público, pues ¿qué espada o ganadero va a contradecir la petición del respetable? El primero, el espada de turno, conseguirá un sonado triunfo ahorrándose la suerte suprema pues se da por hecho que el indulto de un toro lleva implícito la concesión de los máximos trofeos al torero, a pesar de que el reglamento deja muy claro que, una vez indultado un toro, si ha lugar, el público deberá solicitar los trofeos para el diestro. Y el segundo, el ganadero -o su representante-, no se va a negar por la publicidad que este acontecimiento puede generar para su ganadería. Eso, cuando no sean ellos mismos, toreros y ganaderos -o sus allegados-, quienes inciten al público a solicitar el indulto, aunque, como hemos visto, en lo que respecta al ganadero, eso suponga la devolución del importe de la res. Aunque también hay ganaderos que mandan sacrificar a los toros indultados en los corrales de la plaza e, incluso, todo hay que decirlo, que se niegan a que se les indulte un astado.

Tras la promulgación de este reglamento, el primer toro indultado siguiendo la nueva regla fue Bienvenido, de Jandilla, al que se le perdonó la vida la tarde del 14 de septiembre de 1992 en el coso de “La Condomina” de Murcia, de segunda categoría, tras ser lidiado por Enrique Ponce. Y el primer toro al que se le perdonó la vida en una plaza de primera categoría fue Gitanito, de Torrestrella, indultado en la plaza de toros de Valencia el 28 de julio de 1993 tras ser lidiado por Dámaso González.

Edición preparada por Luis Hurtado González,
Profesor Titular de Universidad de la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla.

Este reglamento de 1992 fue modificado el 2 de febrero de 1996 con el Real Decreto 145/1996 (BOE del 2 de marzo de 1996). La norma referente al indulto queda exactamente igual, aunque ahora en el artículo 83. Este texto de 1996 sigue vigente en la actualidad, aunque no en toda nuestra geografía, ya que convive con diversas normas autonómicas debido a la transferencia de las competencias en materia taurina, entre otras, a las distintas comunidades autónomas.

De los reglamentos autonómicos que están vigentes actualmente, el más antiguo es el de la Comunidad Foral de Navarra. Reglamento que fue aprobado el 29 de junio de 1992 con el Decreto 249/1992 (BON del 4 de julio de 1992). Este reglamento derogaba el ya existente en esta comunidad foral aprobado por el Decreto 152/1989 del 29 de junio de 1989. Este texto legal recoge la norma sobre el indulto en su artículo 80 y su redacción es exactamente igual a la norma estatal, solo que restringe esta gracia a la plaza de toros de Pamplona, plaza asimilada por esta norma legal a las de primera categoría.

Al navarro le seguiría el de la Comunidad Autónoma de Aragón. Esta norma fue aprobada el 19 de octubre de 2004 a través del Decreto 223/2004 (BOA del 3 de noviembre de 2004). La regulación del indulto queda recogida en su artículo 68 y, como el anterior, su redacción es igual a la de la norma estatal. Así, el indulto en esta comunidad autónoma, queda restringido a las plazas de toros de Zaragoza, de primera categoría, Huesca y Teruel, ambas de segunda.

El siguiente en aparecer fue el de la Comunidad Autónoma de Andalucía que fue aprobado el 21 de marzo de 2006 con el Decreto 68/2006 (BOJA del 3 de abril de 2006). Este reglamento regula el indulto en su artículo 60. Y, aunque con lagunas y ambigüedades, quizá sea la norma que establece esta gracia con más concreción de las actualmente vigentes. Estipula que la gracia del indulto se podrá conceder en las plazas de toros permanentes en corridas de toros y novilladas con picadores. Y lo prohíbe de forma tajante y explícita en las plazas de toros no permanentes o portátiles, además de en festejos de rejones, novilladas sin picadores, clases prácticas y festivales taurinos con o sin picadores o en cualquier otro festejo distinto a los estipulados, indistintamente de la plaza de toros en la que se celebren. En lo que a los astados se refiere, esta norma, además de a las características zootécnicas, alude al comportamiento de las reses durante “todas las fases de la lidia sin excepción y, especialmente, en la suerte de varas”. Y, como los anteriores, estipula que el indulto tendrá que ser solicitado por el público y tener el beneplácito del espada de turno y del ganadero o su representante. Además, también queda igual la posible concesión de trofeos para el espada correspondiente y la devolución del importe del astado por parte del ganadero al empresario. Como novedad, este reglamento estipula que, una vez concedido el indulto a una res, el ganadero o mayoral de la ganadería darán la vuelta al ruedo. Y también es novedoso que esta norma es la única que recoge explícitamente las posibles sanciones para los presidentes que contravengan la misma quienes “podrán ser declarados no aptos para tal función por la Dirección General competente en materia de espectáculos taurinos previa audiencia del interesado”.

Castilla y León será la siguiente comunidad que promulgue su norma taurina. Una norma que fe aprobada por el Decreto 57/2008 de fecha 21 de agosto de 2008 (BOCL del 27 de agosto de 2008). Este reglamento regula el indulto en su artículo 72. Y, junto con la andaluza, quizá sea la norma más concreta, aunque también con lagunas y ambigüedades y algo más permisiva que la anterior. El texto permite el indulto en corridas de toros, novilladas con picadores, festivales con picadores y en corridas y novilladas mixtas, pero únicamente en las reses en las que intervengan los del castoreño. Como el resto de normas, se centra en el trapío de las reses y en su comportamiento durante toda la lidia, haciendo hincapié, como marca la norma andaluza, en el juego de los astados en la suerte de varas. Y, como el resto, también establece que lo tendrá que solicitar el público y que tendrán que dar el visto bueno, tanto el espada de turno, como el ganadero o su representante. Además, como el resto, coincide en la posterior petición de trofeos para el matador correspondiente. Y también incluye la devolución del importe del astado por parte del ganadero al empresario. Este reglamento también recoge el premio de la vuelta al ruedo para el ganadero o su representante cuando se produzca un indulto, pero a la finalización del festejo.

El último reglamento aparecido de los actualmente vigentes es el del País Vasco. Una norma que sería aprobada el 11 de noviembre de 2008 a través del Decreto 183/2008 (BOPV del 19 de diciembre de 2008; corrección de errores, BOPV de 30 de enero de 2009). Aunque hay que apuntar que esta norma no hace sino refundir y adecuar el reglamento que esta comunidad poseía desde 1996 (D. 281/1996, de 3 de diciembre) de espectáculos generales y la Orden de 11 de junio de 1991 que regulaba los espectáculos taurinos tradicionales (o populares). La norma vasca recoge el texto sobre el indulto en su artículo 80 y limita esta gracia a las plazas de toros permanentes y “exclusivamente en corridas de toros y novilladas con picadores”. Las otras cuestiones a tener en cuenta quedan formuladas como en el texto estatal, pero sin contemplar la devolución del importe del astado indultado por parte del ganadero al empresario.

Alguna comunidad más ha dictado una nueva norma legal, pero más enfocada a regular los festejos taurinos populares y siguiendo en lo demás, salvo alguna mínima modificación, la norma estatal promulgada en 1996. Unas pequeñas modificaciones que no afectarían a la norma sobre el indulto.

Estas disposiciones legales vigentes en la actualidad en nuestra geografía son muy similares a la que regula el indulto en Francia y que se recoge en el artículo 84 del Reglamento de la Unión de Villas Taurinas Francesas. Este reglamento no especifica la categoría de la plaza en la que se puede conceder esta gracia y lo circunscribe a festejos con picadores, pues para conceder esta medida excepcional se habrá de tener en cuenta “el excelente comportamiento -de la res- durante todas las fases de la lidia sin excepción, especialmente en el tercio de varas”.


Distintas normas, distintas redacciones, más o menos ambiguas, todas coinciden en la excepcionalidad de esta gracia que se debe conceder atendiendo, primero, al trapío del animal y, segundo, a su excepcional comportamiento durante toda su lidia con el fin de utilizar al ejemplar indultado como semental para preservar la raza brava. Y dejan claro que el indulto es un premio para el toro y no para el conjunto de la faena realizada por el torero de turno. Así pues, una vez indultado un astado, habrá que solicitar, si ha lugar, los trofeos para el espada correspondiente.

(Nota:  en este párrafo debí indicar que todos los reglamentos vigentes en nuestro país, tanto el estatal, como los autonómicos, coinciden en que para cumplimentar el tercio de varas se exigirán un mínimo de dos puyazos en plazas de primera categoría y uno en el resto de cosos).

Sin embargo, todas estas reglamentaciones quedan en papel mojado en el desconcierto de las plazas de toros a tenor de lo ocurrido a lo largo de los años. Ya en 1992, año en el que, por primera vez, se recoge el indulto para los festejos que no sean corridas concurso, se produjeron once indultos en los ruedos de nuestro país, además, de uno en ruedos franceses, según un artículo firmado por Serrano Romá en el número 797, de fecha de 4 de enero de 1993, de la revista Aplausos. De todos ellos, solo el ya referido de Bienvenido se ajustaría a las disposiciones legales. Pero lo más llamativo es que se llegaron a indultar incluso erales: dos en España, concretamente, en las localidades de Aguilasfuente (Segovia) y Blanca (Murcia) y uno en Francia.

Aun así, estos números se quedan cortos para los indultos otorgados en ruedos españoles y franceses a lo largo de los años. Para ejemplarizarlo, haremos referencia a lo ocurrido entre las temporadas de 2016 y 2019. En la campaña de 2016, se indultaron veintitrés astados: dieciocho toros y cinco novillos (6TOROS6, número 1179 de 31 de enero de 2017). En 2017, se perdonó la vida a treinta y seis astados: veinticinco toros, cuatro novillos, dos reses indultadas en festejos de rejones (uno en Francia y otro en España) y cinco astados recibieron esta gracia en festivales (6TOROS6, números 1232 de 6 de febrero de 2018, y 1233 de 13 de febrero de 2018). En la temporada 2018, fueron veintinueve las reses a las que se les perdonó la vida: veintiún toros, cinco novillos y tres astados en festivales (6TOROS6, número 1287 de 26 de febrero de 2019). Y en la campaña de 2019, fueron veintitrés las reses que recibieron tal gracia: veinte toros y tres novillos (6TOROS6, número 1330 de 24 de diciembre de 2019 y 2019: un año lleno de bravura”, Mundotoro.com de 25 de diciembre de 2019). Estas últimas cifras, no recogen los indultos otorgaos en festivales que, según datos recabados de distintos medios de comunicación a lo largo de la temporada taurina de 2019, al menos, fueron cuatro y, de ellos, solo uno fue en festejo picado.

Toro Gironero, de la ganadería de Puerto de San Lorenzo.
Fue indultado en la plaza de toros de Zamora el 1 de julio de 2017. Correspondió su lidia a Sebastián Castella.

Ninguna de las estadísticas mencionadas recoge los incomprensibles indultos concedidos en novilladas sin picadores. Cierto es que son un número insignificante lo que no obsta para que sean incompresibles.

A tenor de estos datos, ¿qué ha pasado para que el número de indultos haya aumentado de esta forma más que considerable a lo largo de todos estos años? Algo ya quedó apuntado al principio de este texto cuando aludíamos a los argumentos esgrimidos por los partidarios del indulto para rebatir a los contrarios de esta medida. Pero para verlo de una forma más clara, haremos referencia a unas declaraciones que parecen contener la respuesta a la pregunta formulada de una forma bastante explícita y esclarecedora.

Primero, citaremos al diestro valenciano Enrique Ponce quien, en una entrevista concedida a José Luis Ramón publicada en el número 1210 de la revista 6TOROS6, de fecha 5 de septiembre de 2017, exponía que el indulto de un toro va mucho más allá de la propia bravura del animal, y que este se produce cuando se crea un “clímax” tal que sobrepasa la emoción de una faena normal que es lo lleva a la gente a solicitar el indulto y que cuando esto sucede “se da por hecho” la bravura del animal el cual también tendrá que dar motivos para la concesión de esta gracia. Además, también apunta que el concepto de bravura ha cambiado ya que, antaño, para perdonar la vida a un toro este tendría que acudir tres veces al caballo y que se indultaban toros peores que muchos de los que se matan hoy. Por el contrario, apunta que la bravura que se busca hoy es de “humillación, de recorrido, de temple, de clase”, una bravura difícil de conseguir porque está en un límite en el que “o te pasas o no llegas”.

También citaremos a Justo Hernández, el que fuese representante de las ganaderías de Domingo Hernández y Garcigrande quien el 31 de mayo de 2015 veía cómo se indultaba un toro de su ganadería en Cáceres en una corrida en la que actuó en solitario Julián López “El Juli” y que fue retransmitida en directo por TVE. El toro agraciado fue Fantasma y tras su indulto, Justo Hernández se expresaba así en los micrófonos del ente público: “El toro ha ido a más. Cuánto más le ha apretado, mejor ha sido. Y ha durado muchísimo, ha sido muy bravo. Y ha tenido clase. La verdad que, para que durase, se le ha puesto poco en el caballo. Pero eso no quiere decir que no fuera al caballo si se le hubiese puesto. Una cosa es que no se le vea y otra que no tanga la condición. (…) El público es soberano. Esto es una fiesta tremenda. La gente está emocionada. Y eso es lo bonito. Lo demás no importa”.

Viendo estas dos opiniones, que distan mucho de aquellas que vimos con anterioridad de don Álvaro Domecq y Díez, Carlos Urquijo o Domingo Ortega, se pueden sacar varias conclusiones. Primero, que, efectivamente, el concepto de bravura ha cambiado. Un toro ya no tiene que demostrar su bravura en la suerte de varas como en las corridas concurso de antaño. Así el primer tercio ha perdido todo su protagonismo y se ha convertido en un mero trámite a pasar durante la lidia con todo lo que eso conlleva como puede ser la pérdida de los turnos de quites. E igual pasaría con el tercio de banderillas. Así, todo quedaría reducido a la faena de muleta que es donde, en la actualidad, se dirimiría todo: los trofeos del espada de turno, así como la bravura del toro y, en última instancia, el perdón de la vida del burel. Aunque esto no es nuevo. Para corroborarlo nos podríamos remitir hasta el ya mencionado indulto de Comedia, de Cebada Gago, en Algeciras. En unas declaraciones de Antonio Valero Rodilla, presidente de aquel festejo, recogidas por José M. Laza en un artículo publicado en el Diario de Sevilla el 30 de junio de 2010 con motivo del vigésimo aniversario del mentado acontecimiento, se desprende que el indulto del de Cebada no se ajustaría a los cánones pasados y sí a los actuales pues “el toro -dice Valero- no tenía trapío y tampoco peleó en varas, pero se ganó el premio por su nobleza y por su manera de embestir y sobre todo por la compenetración que hubo entre toro, torero y público en Algeciras”. Y, segundo, que el indulto, hoy en día, se ha convertido en un trofeo más a la labor del diestro de turno. En este sentido, por ejemplo, apuntan unas opiniones del periodista Manolo Guillén plasmadas en el artículo “25 años después del indulto de Bienvenido” que apareció en el número 1212 de la revista 6TOROS6, del 19 de septiembre de 2017, en las que manifestaba que las cosas, en lo que a los indultos se refiere, habían cambiado mucho en aquel cuarto de siglo, pues lo que, en principio, se planteó como una medida para preservar la cabaña brava se “estaba pervirtiendo” en algo parecido a un trofeo más para el torero como “cuando las faenas se premiaban con las orejas, el rabo y las patas del toro”. De hecho, y esto ya no lo dice Guillén, hay aficionados que están convencidos de que el indulto de un toro es lo máximo con lo que se puede premiar una faena de un torero. Algo que, como hemos visto, va en contra de lo dispuesto en los distintos reglamentos. En este sentido, podemos citar el caso de Ortega Cano tras el indulto de Velador, el único toro indultado en Las Ventas, aunque sucedió bajo la Orden Ministerial de 1969. Y es que el diestro cartagenero, tras el indulto del de Victorino, tuvo que conformarse con saludar una ovación desde el tercio.

Esta “perversión del indulto”, como señala Guillén, no es nueva. Ya lo hemos visto en las declaraciones señaladas del señor Valero Rodilla cuando hablaba sobre el indulto de Comedia. Pero es que también lo advertía el periodista Santi Ortiz en un artículo publicado en el número 25 de la revista 6TOROS6 de septiembre de 1993 titulado “El perdón naranja” donde manifestaba que este tema iba desprendiendo “un sospechoso tufillo verbenero” debido a la excesiva benevolencia con la que se estaba empezando a conceder esta gracia. Y planteaba que o se estaba asistiendo “a una insólita proliferación de toros excepcionales” o se estaba “dando al traste con el rigor que debería avalar concesión tan egregia”. Y esto lo decía Ortiz cuando a esas alturas de la temporada, se habían indultado, ¡ojo!, once astados. Además, Ortiz deja entrever la pérdida de peso que estaba teniendo la suerte de varas, al apuntar que el entonces Subsecretario del Ministerio del Interior, Santiago Varela, habría dado instrucción a los gobernadores civiles, como anexo al reglamento, de que para indultar una res esta tendría que entrar tres veces al caballo demostrando bravura, algo que, al parecer, no cumplía, prácticamente, ninguna de las reses indultadas hasta ese momento. Esta instrucción se habría dado a principios de esa temporada, aunque, al parecer, no se cumplía a rajatabla. Pero es que, Ortiz sigue apuntando que los distintos sectores de la Fiesta tenían la sensación de que el público estaba abordando “demasiado alegremente el tema del indulto propiciando con su actitud esta ‘fiebre’ de clemencias bovinas” que llegaba incluso hasta los festivales.

Sea por esa “perversión”, por ese “nuevo concepto de bravura”, por ese “clímax” que produce la faena en el público que va más allá del propio juego del animal, o por ese “tufillo verbenero” con el que se solicita el indulto, lo cierto es que esta gracia, como ya queda apuntado, ha quedado desvirtuada y ha dado lugar a indultos que, de no ser así, no se entenderían. Aunque esto, desde luego, es algo muy subjetivo. En este sentido, por ejemplo, podemos citar indultos vistos como el de Afanoso, de Alcurrucén, indultado por Antonio Ferrera en San Sebastián de los Reyes el 28 de agosto de 2002, un indulto que nadie pidió hasta que alguien presente en el callejón y cercano a los ganaderos comenzó a hacer aspavientos, además, esta concesión se hizo mediante una señal desde la presidencia pues esta no poseía el preceptivo pañuelo naranja; Arrojado, toro de Núñez del Cuvillo indultado por José María Manzanares en Sevilla el 30 de abril de 2011, un toro que, a pesar de su nobleza, manseó durante toda la lidia, incluso buscó la huida y se llegó a  rajar; Ingrato, de Juan Pedro Domecq, indultado por José Tomás en Nimes el 16 de septiembre de 2012, un cornúpeta que hizo gala de mansedumbre en los primeros tercios y que, incluso, llegó a saltar al callejón; Asistente, de Daniel Ruiz, al que se le perdonó la vida en Albacete el 8 de junio de 2014 tras ser lidiado por “El Cid” en una labor en la que el diestro de Salteras cuidó al burel debido a su excesiva justeza de fuerzas que, además, apenas fue picado, y cuyo indulto llegó después de que Manuel Jesús recibiese dos recados presidenciales (Corrección: aquí tuve un error al traspasar mis anotaciones, pues Asistente no tuvo una “excesiva justeza de fuerza”. Asistente recibió un puyacito y sufrió una voltereta a la salida de este y sí que es verdad que fue justito en el quite; resultó noble, aunque distraído en banderillas; y tuvo una encastada nobleza en una larga faena de muleta. Y, como queda señalado, fue indultado después de que su matador recibiese dos recados presidenciales. Asistente no fue toro de indulto); Fantasma, de Garcigrande, indultado por “El Juli” en Cáceres el 31 de mayo de 2015 y sobre el que opinaba su propietario, Justo Hernández, en las declaraciones recogidas anteriormente; Jaraiz, de Juan Pedro Domecq, indultado por Enrique Ponce en Málaga el 17 de agosto de 2017, un toro noble y bondadoso y muy justo de fuerza al que, incluso, solo se le llegaron a poner dos pares de banderillas; u Orgullito, de Garcigrande, indultado por “El Juli” en Sevilla el 16 de abril de 2018, un toro noble y con transmisión que apenas se vio en el caballo y que, además, tenía el defecto de abrirse en la faena de muleta. Pero es que, si aplicamos rigurosamente la norma, en este caso andaluza, Cobradiezmos, ese gran toro de Victorino Martín al que se le perdonó la vida en el ruedo sevillano el 13 de abril de 2016 tras la lidia de Manuel Escribano y que aglutinó la opinión favorable de todos los sectores taurinos, tampoco sería merecedor de esta gracia y eso que fue un toro bravo, encastado, que llevó la emoción de la bravura a los tendidos maestrantes, pero su juego en el tercio de varas, a pesar de ser bueno, no fue excepcional.

Toro Cobradiezmos, de la ganadería de Victorino Martín. Fue indultado en la plaza de toros de la Real Maestranza de Caballería de Sevilla el 13 de abril de 2016. Correspondió su lidia a Manuel Escribano.

Aquí habría que hacer un pequeño apunte, para ejemplarizar la dicotomía existente entre lo que marcan los distintos reglamentos y la práctica habitual en lo que a la concesión de trofeos a los espadas se refiere. Y es que José Mari Manzanares, tras el indulto de Arrojado; Manuel Escribano, tras el indulto de Cobradiezmos; y el “El Juli”, tras el indulto de Orgullito no fueron premiados con los máximos trofeos y tuvieron que “conformarse”, en contra de la costumbre general, con la concesión de las dos orejas simbólicas.

Volviendo a los indultos insólitos, también podríamos señalar, por ejemplo, los indultos de novillos en novilladas con picadores como, por ejemplo, el de Almejito, de Ángel Luis Peña, al que se le perdonó la vida en la plaza portátil de la localidad madrileña de Talamanca del Jarama el 6 de mayo de 2017 tras ser lidiado por Juan Carlos Benítez. Fue el de Peña un ejemplar sin trapío, encastado, es verdad, pero no de indulto. O ¡los indultos de erales en novilladas sin picadores!, como el de Molinero, eral que lució el pial de Jandilla, al que se le perdonó la vida el 18 de septiembre de 2017 en la madrileña localidad de San Agustín de Guadalix tras ser lidiado por Marcos del Rincón. O el de Cantaor, eral de la ganadería de El Parralejo al que se le perdonó la vida en la clase práctica celebrada en Alicante el 19 de junio de 2018 tras ser lidiado por Cristian Expósito.

Momentos de la faena que Juan Carlos Benítez realizó a Almejito.


Momento de la faena de Marcos del Rincón a Molinero.

Y no habría que olvidarnos de los indultos concedidos en las corridas de rejones. Como el acaecido el 17 de septiembre de 2017, fecha en la que se perdonó la vida a Perdido de la ganadería de Los Espartales en Murcia tras ser lidiado por Diego Ventura. Perdido se convertía en el primer toro de rejones indultado en España. Pero es que, el anterior 25 de junio, sería indultado Culebrito, toro de la ganadería de El Capea, en la plaza de toros francesa de Istres tras ser lidiado por Lea Vicens. Culebrito era el segundo toro de rejones indultado en el país vecino, pues el primero fue Noblecito, de Fermín Bohórquez, astado al que se le concedió tal gracia el 20 de septiembre de 2015 en Nimes tras ser lidiado por Pablo Hermoso de Mendoza. Esto hace surgir una nueva polémica entre detractores y valedores. Los primeros se preguntan que cómo se puede medir la bravura en este tipo de festejos. Y los defensores argumentan que es perfectamente lícito el perdón de la vida en ellos porque el animal indultado en los mismos les vale como semental a las ganaderías que lidian en estos festejos y, además, apostillan que el animal no tiene la culpa de ser lidiado en estos espectáculos y no en corridas a pie. Luego, entonces, ¿estas ganaderías renunciarán a lidiar en festejos a pie y se limitarán a lidiar solo en corridas de rejones?

Esa “perversión”, ese “nuevo concepto de bravura”, ese “clímax” o ese “tufillo verbenero” a la hora de pedir el indulto también ha desembocado en situaciones un tanto estrambóticas. Son varios los ejemplos que se pueden citar. Empezaremos por la ocurrida el 8 de octubre de 2004, en Montoro (Córdoba), cuando “Finito de Córdoba” se negó a matar a Langosto, de Alipio Pérez Tabernero, y dejó sonar los tres avisos ante la negativa de la presidencia a conceder el indulto; “Finito” sería multado por esta acción. O la del 11 de febrero de 2007, en la madrileña plaza de Valdemorillo donde se perdonó la vida a Negrote, de la ganadería de Pablo Mayoral, pero con una petición tan escasa que la concesión de esta gracia desembocó en una tremenda bronca que se acrecentó cuando le entregaron los máximos trofeos simbólicos a López Chaves, el espada de turno, tal fue el escándalo que el diestro salmantino se vio obligado a dejar los trofeos. O la ocurrida en Córdoba el 30 de mayo de 2015 cuando, otra vez, “Finito de Córdoba” quisiese perdonar la vida a un toro de Núñez del Cuvillo; la presidencia se negó y dio los tres avisos que, según cuentan las crónicas, no llegaron a ser transmitidos de forma acústica; “Finito” desoyó las advertencias de alguaciles y delegado gubernativo y una vez que cayó el tercer aviso, estoqueó al burel en la plaza con lo que cometió un doble desacato: primero, negándose a matar al toro recibiendo los tres avisos y, segundo, al estoquearlo cuando se tenía que haber retirado del ruedo tras los preceptivos recados presidenciales.

Pero es que hay más. El 6 de febrero de 2016, en la localidad salmantina de Ciudad Rodrigo, se solicitó el indulto para Milagrero, novillo de Garcigrande que fue lidiado por César Jiménez en uno de los festivales del tradicional Carnaval del Toro. A punto estuvo de producirse un altercado de orden público ante la negativa de la presidencia a conceder el indulto para el astado ante la petición del respetable. El diestro fuenlabreño recibió dos recados presidenciales; tras ellos y ante la vehemente petición de indulto, se anunció por megafonía que no se podía indultar al novillo al no ser la de Ciudad Rodrigo una plaza permanente. El público se enfervorizó aún más y gritaba que sí se podía. Jiménez dejó sonar el tercer aviso. Y tras devolver el novillo al corral, la presidencia sacó el pañuelo azul, premiando al de Garcigrande ¡con la vuelta al ruedo póstuma! Y unos días después, concretamente, el siguiente día 21, se pidió el indulto para Cantaclaro, de Parladé en la plaza de toros de Vistalegre de Madrid. Una petición de indulto que no fue atendida por el palco presidencial que ni siquiera premió al de Parladé con la vuelta al ruedo póstuma tras ser pasaportado por David Mora.

Momento de la faena de David Mora a Cantaclaro.

El 30 de abril de 2017, la localidad guadalajareña de Almoguera vivía el indulto de Apagado, toro de la ganadería de Oliveira Irmaos. Correspondió su lidia a Sánchez Vara. Tras su indulto, el burel tuvo que ser apuntillado en el mismo ruedo ante la imposibilidad de devolverlo a los corrales. Y un día después, nos encontramos con el mismo torero y la misma ganadería, pero en la localidad toledana de Lominchar. Ahora, el indultado fue Fumado, toro que también que fue sacrificado, ahora en los corrales de la plaza, una vez finalizado el festejo al no ser un indulto reglamentario.

El 25 de septiembre de 2017, en la plaza de toros de Moralzarzal, se solicitó el indulto para un novillo de la ganadería de Hnos. González que respondía al nombre de Faraón. Fue jugado en cuarto lugar y correspondió en suerte al novillero Daniel Menés. Faraón fue un tío y dio muy buen juego, pero no para el indulto. Menés, tras una buena faena e influido por su entorno, hizo lo posible por indultar al novillo mientras decaía la intensidad del trasteo. Tras caer el primer aviso, llegaron las prisas y los nervios pues Menés no acertaba con los aceros y a punto estuvo de que le echasen el novillo al corral.

Foto Faraón, de los Hnos. González.

El 24 de junio de 2018 Sebastián Castella se negó a matar un toro de la ganadería de Buenavista en la localidad castellonense de Vinaroz. Se solicitó el indulto para el de Buenavista. La presidencia se negó a la petición y Castella dejó que sonasen los tres avisos. El animal tuvo el trapío justo para una plaza de tercera y tuvo gran nobleza, cierto es, pero no se vio en el caballo donde solo recibió un picotazo. La cosa acabó con la ganadera subiendo al palco para hablar con el equipo presidencial y con “El Soro”, presente en los tendidos, increpando de forma vehemente a la presidencia. Como reconocería tiempo después el propio Castella, este hecho le costaría una sanción económica.

Instantes de lo ocurrido en Vinaroz el 24 de junio de 2018.

Y también Castella protagonizaría otro caso de estos. Fue en Valencia, el 17 de marzo de 2019, en plena feria de Fallas. Horroroso de Jandilla era estoqueado en el ruedo por el citado diestro galo tras una clamorosa petición de indulto que no fue atendida por el palco presidencial. Un palco que premió a Horroroso con la vuelta al ruedo póstuma y a Castella con las dos orejas, galardón que el francés recogería tras recibir dos recados presidenciales, pues el francés intentó por todos los medios que el toro se indultase. Esta decisión de la presidencia levantó multitud de críticas de todo el mundo taurino, desde los mismos ganaderos de Jandilla o el mismo Castella, hasta prácticamente todos los medios de comunicación especializados que vertieron fortísimas acusaciones hacia el palco. También gran parte de aficionados, aunque es aquí donde se produjeron las mayores discrepancias, pues fueron muchos los aficionados que salieron en defensa del usía valenciano mostrando su disconformidad con el aparente sentir general.

Mención especial de estas situaciones insólitas merecería el caso de Pocosol, toro propiedad del diestro José Miguel Arroyo “Joselito” que lució el hierro de El Tajo y al que se le perdonó la vida el 23 de septiembre de 2017 en la plaza de toros de Talavera de la Reina tras ser lidiado por Paco Ureña. Un acontecimiento que estuvo rodeado de polémica ya que acabó con “Joselito” subiendo al palco para solicitar la gracia para su toro y con Ureña sancionado tras el indulto del mismo. Según apuntó el propio “Joselito” en la tertulia que la Asociación “El Toro” de Madrid llevó a cabo el 11 de enero de 2018, Pocosol tuvo recorrido, mucha humillación y clase, aunque le faltaron cosas, pero era el único toro que le quedaba hijo de un semental y lo quería probar por lo que subió al palco a decir al presidente que “si le perdona la vida, lo voy a utilizar”, pero que la última palabra era suya. Sin embargo, lo expuesto por “Joselito” no fue la razón de mayor peso para la concesión de esta gracia, sino que la causa principal fue la de evitar un altercado de orden público según las explicaciones del presidente del festejo, el señor Tirso Yuste, recogidas por José Antonio Pérez en un artículo titulado “El indulto a debate” que apareció en ABC-Castilla La Mancha el 11 de octubre de 2017. Yuste decía lo siguientes: “¿Qué habría pasado si no hubiese concedido el indulto? Pues como mínimo que tendría que haber salido escoltado de la plaza”. Porque, además, Yuste reconoce que el toro no fue excepcional, pero “el torero salió con ganas de pedir el indulto y la gran mayoría del público lo exigió de una manera vehemente. Yo le dije al torero en cinco ocasiones que matara al toro y hasta le di un aviso”. Este es el motivo por el que Ureña fue propuesto para sanción, algo que el diestro lorquino reconoció en un acto del Club Taurino de Murcia celebrado el 12 de diciembre de 2017 cuando dijo que “no hay nada más bonito que indultar un toro por lo que pagaré la multa que se me pueda poner con mucho gusto”. Y es que, según recuerda Yuste “la responsabilidad recae en el presidente o en el torero”. Con esta medida, el usía pretendía evitar la sanción que se le pudiese poner a él por saltarse el reglamento pues, según apunta en el citado artículo de José Antonio Pérez, el incumplimiento del mismo acarrea una sanción administrativa, “aunque esta solo es la teoría. La práctica dice que cada caso es un mundo”. Además, Yuste reconoce que hubiese indultado a Pocosol sin problema porque lo pidió la mayoría, si no fuese porque en Castilla La Mancha no se pueden indultar toros en plazas de tercera categoría. Y, también recuerda que hace unos años, tuvo lugar un festival sin picadores en esta localidad toledana que fue presidido por un concejal que llegó a indultar un novillo por lo que el usía fue multado con tres mil euros, cantidad que se redujo a trescientos después de recurrir.

Este argumento de evitar un altercado de orden público es una cuestión en la que se amparan algunas veces los presidentes a la hora de contravenir el reglamento y conceder los indultos pues, como máxima autoridad del festejo, les corresponde mantener el orden público y como especifica la Ley Taurina 10/1991 en su artículo 7. 2 e) estos podrán “adoptar cuantas medidas sean necesarias para el debido desarrollo pacífico del espectáculo…”. En este mismo sentido, apuntan unas declaraciones del que fuese presidente de la plaza de toros de El Puerto de Santa María, Rafael Gómez Ojeda, que recogió Santi Ortiz en su artículo citado anteriormente donde decía que había presidentes que se veían obligados a “lucir el pañuelo naranja aunque solo sea para evitar un altercado de orden público” por la presión que sufrían los palcos presidenciales desde un público que “adolece con grado sumo de desconocimiento del toro de lidia” unido “a una buena dosis de esnobismo” lo que provoca “un verdadero abuso en la concesión de los indultos”. Pero es que esta razón de mantener el orden también fue el argumento de mayor peso para que el señor Valero Rodilla perdonase la vida a Comedia como también reconoció en el ya citado artículo de José M. Laza cuando dijo “este argumento pesó más en mi decisión que las virtudes del toro”. Incluso, también fue utilizado por el señor Rodríguez Gil cuando indultó a Potrico como ya vimos.

Con todo lo visto, podemos afirmar que estamos ante una de las cuestiones más complejas del mundo taurino pues, al final, y a tenor de lo expuesto, estamos ante una cuestión que ha perdido su finalidad y que ha quedado totalmente desvirtuada, prácticamente, desde su mismo planteamiento e inclusión en los reglamentos más allá de las corridas concurso. Para reconducir esta situación quizá habría que introducir ciertos factores objetivos. Primero, estableciendo esta gracia como verdadera medida excepcional para corridas de toros y novilladas con picadores -incluidas las variantes mixtas, pero siempre en los astados en cuya lidia participasen los del castoreño- y que quedase prohibido explícitamente en cualquier otro tipo de festejo. Segundo, teniendo en cuenta el trapío de las reses para que no se pudiesen indultar astados de desecho, como ocurre en festivales o en otro tipo de festejos. Tercero, fijando unos criterios objetivos en cuanto al comportamiento de los astados, como por ejemplo, establecer un número mínimo de entradas al caballo en la suerte de varas en las que el animal sería puesto en suerte a distintas distancias -como en un principio se planteó esta gracia- para que el burel demostrase su bravura y que estos encuentros, claro está, no se limitasen a meros topetazos con el peto del caballo; que el animal mantuviese la condición en el segundo tercio, en el que, además, se le deberían colocar los correspondientes tres pares de banderillas y que cuando se cambiase el tercio con los mínimos cuatro palos, ese ejemplar ya no se pudiese indultar; que en la faena de muleta el astado embistiese con bravura, nobleza y transmisión, aunque esto ya sería algo más subjetivo; y que se dejase la puerta abierta para que, en caso de duda, se pudiese introducir nuevamente el caballo de picar. Cuarto, aunque ya está estipulado en las distintas normas actualmente vigentes, que los trofeos para el espada de turno habría que solicitarlos una vez perdonada la vida al toro y quizá prohibir, en estos casos concretos, la concesión del rabo. Y quinto, que se pudiese conceder en cualquier plaza, independientemente, de su categoría pues hay ganaderías que, por circunstancias, tienen que lidiar sus camadas en plazas de menor categoría como son las de tercera y portátiles, con lo que si se limita el indulto a plazas de primera y segunda, estas vacadas no tendrían opción a esta gracia.

Quizá, estos planteamientos no tengan sentido y sean un disparate. O quizá sean los correctos. Quién sabe. Cada aficionado, cada profesional, ya sea torero, ganadero o empresario, cada representante de la autoridad, o cada miembro de los medios de comunicación especializados tendrá su parecer. Por lo que lo más conveniente sería consensuar y fijar criterios entre todas las partes para reconducir esta situación e intentar que esta gracia recobre su planteamiento original. Mientras tanto, continuaremos polemizando.